Lima, 12 de enero de 2022

VISTOS, el Expediente MPD2021-EXT-0202495, los Oficios N° 004820 y N° 004965-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE, y los Oficios Nº 000083 y N° 0000112-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); el Informe N° 009209-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED; el Informe N° 009214-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Gestión Descentralizada y la Dirección General de Gestión de la Calidad Escolar; los Informes N° 001050 y N° 001073-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED; los Memorándum N° 003460 y N° 003499-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED; el Memorándum N° 00013-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 00024-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y; el Informe Nº 00036-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación – MINEDU y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece como función del MINEDU, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Que, los literales a) y c) del numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2022, para financiar el Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2022, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, el mejoramiento de los servicios de agua, saneamiento y electricidad, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la intervención Rutas Solidarias, la adquisición, reparación, reposición y/o mantenimiento de mobiliario y equipamiento; y, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, hasta por la suma de S/ 297 420 000,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES) los que consideran hasta S/ 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas entregadas en el marco de la intervención Rutas Solidarias, y hasta S/ 2 420 000,00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES) para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica de las actividades previstas en el citado Programa; así como la adquisición de kits de higiene para mantener condiciones adecuadas de salubridad en los locales educativos, hasta por la suma de S/ 122 729 978,00 (CIENTO VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en el marco del Programa de Mantenimiento de locales educativos 2022;

Aprueban Norma Técnica denominada “Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento para el año 2022”

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