Lima, 01 de marzo de 2021
OFICIO MÚLTIPLE N° 00011-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN
Señores (as)
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DIRECTORES DE COLEGIOS MILITARES
Presente. –

Asunto: Precisiones para el inicio de trabajo en las II.EE en el año

escolar 2021.

Referencias: a) Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

b) Decreto Supremo N° 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.
c) Resolución Viceministerial N° 097-2020-MINEDU
d) Resolución Viceministerial N° 273-2020-MINEDU.
e) Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA

De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, para expresarle un cordial saludo, y, asimismo para brindarles información y orientaciones respecto al inicio de trabajo en la II.EE en el año escolar 2021, conforme a la normatividad vigente.

Sobre el particular, se debe señalar lo siguiente:

1. Para lograr el cumplimiento de la calendarización del 2021, se establecen las siguientes fechas que organizan el inicio del año escolar:
 Inicio de trabajo en la IE  lunes 1 de marzo
 Inicio del año o periodo lectivo  lunes 15 de marzo

2. A partir del 01.03.2021, corresponde a los profesores contratados, el cumplimiento de la calendarización 2021 e iniciar sus labores, siempre y cuando, así lo establezca la vigencia de su contrato, salvo disposición en contrario y expresa que emita el Ministerio de Educación, en coordinación con el Gobierno Regional, por razones de emergencia previamente declaradas por la PCM, ya sea a nivel nacional, por regiones, por provincias o distritos.

3. En cuanto a los profesores nombrados comprendidos en el Área de Gestión Pedagógica, en cumplimiento de la Ley de Reforma Magisterial y su reglamento, retoman sus funciones al término de sus 60 días de vacaciones anuales, esto es, el 02.03.20211.

4. La jornada de trabajo para los profesores del área de gestión pedagógica comprende tanto horas lectivas como no lectivas. Todo evento que interrumpa la jornada de trabajo de los docentes y personal de la IE o Programa Educativo debe recuperarse. En ese sentido, toda ausencia que no sea por licencia será tratada de la misma forma, independientemente de si se toma durante las semanas lectivas o las semanas de gestión.

En atención lo establecido en la RVM N° 097-2020-MINEDU2, su modificatoria, la RM N° 972-2020-MINSA3, deberán asegurar que desde la dirección de las IIEE se tenga en cuenta las siguientes consideraciones, desde el 01 de marzo del 2021:

– Planifiquen y supervisen las acciones acordadas con los profesores de acuerdo al contexto, las condiciones territoriales, características de los estudiantes y sus familias, según el nivel y modalidad.

– Adopten los mecanismos de seguimiento y supervisión de las actividades de la IE, para ello deben contar con el directorio del personal de su IE, con sus respectivos números de teléfonos celulares y correos electrónicos. Para el caso de los PRONOEI, la UGEL es la responsable de adoptar mecanismos de seguimiento y supervisión al personal educativo de los servicios no escolarizados del nivel de educación inicial.

1. Para lograr el cumplimiento de la calendarización del 2021, se establecen las siguientes fechas que organizan el inicio del año escolar:
 Inicio de trabajo en la IE  lunes 1 de marzo
 Inicio del año o periodo lectivo  lunes 15 de marzo

PRECISIONES PARA EL INICIO DEL TRABAJO ESCOLAR 2021 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACION BASICA

DESCARGAR INFORMACIÓN : OPCIÓN A OPCIÓN B